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Nacionales

Ley de medios: la Cámara Federal falló a favor de Clarín

Los camaristas dictaron como constitucionales los artículos 161 (período de adecuación) y el 41. Sin embargo, declararon que dos artículos clave como parte del 45 (cantidad de licencias) y el 48 son inconstitucionales. El próximo y último paso será la Corte Suprema de la Nación. El juez de primera instancia y el fiscal a cargo se habían pronunciado a favor de la norma.

Otra vez la cuestionada Cámara Civil y Comercial Federal permite que el Grupo Clarín no se desprenda de sus licencias. Los camaristas declararon que parte del artículo 45 (cantidad de licencias) y el 48 son inconstitucionales. Por otra parte, dictaron que los artículos 161 (período de adecuación) y el 41 son constitucionales.

 

Yendo contra toda lógica judicial, los camaristas María Susana Najurieta, Francisco De las Carreras y Ricardo Guarinoni, enfrentados a la administración nacional, declararon que el artículo que establece un tope a la multiplicidad de licencias (art 45) no está en concordancia con lo que establece la carta magna.

 

En ese sentido, el artículo 45 establece la cantidad de licencias de medios audiovisuales que puede poseer una persona física o ideal. Con este fallo, Clarín no se ve obligado a desprenderse de toda su red de cable. La sentencia sólo habilita parcialmente el artículo, en lo que respecta al resto de las licencias.

 

En tanto, el 161 establece que los titulares de medios deberán someterse a la desinversión en orden a lo que establece el artículo 45. Es decir, quienes no cumplan con la cantidad de licencias estipuladas en ese apartado deberán desprenderse de sus medios para ajustarse a la letra de la ley.

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