Mercedes Meier rescató que al final hay ley, pero cuestionó los pocos días que prevé este tipo de licencias.
Tras idas y vueltas en Legislatura, el Poder Ejecutivo promulgó la norma que crea como causal de licencia laboral la violencia de género para las trabajadoras del Estado provincial en sus tres poderes, así como organismos autárquicos, descentralizados y empresas. La ley incluye a quienes acrediten la rectificación registral del sexo conforme la ley nacional 26.743, norma que estableció el derecho a la identidad de género de las personas.
“Es importante que se sancione esta ley de y que por ley podamos llamar a las cosas por su nombre, y visibilizar el problema dejando de esconderlo atrás de licencias psiquiátricas o vacaciones adelantadas”, señaló la diputada Mercedes Meier (Frente Social y Popular). La norma que lleva el número 13.696 apunta a promover y garantizar derechos en el ámbito laboral para las trabajadoras en situación de violencia de género.
La licencia definida por Legislatura es por un plazo de tres días hábiles, con goce de sueldo y sin requerir un mínimo de antigüedad en el cargo, reza el artículo 4.
En Diputados, la iniciativa de Meier -una de las impulsoras del tema- pretendía prorrogar dicha licencia hasta 90 días cuando así lo indicara la certificación emitida por organismos autorizados. El Senado recortó la posibilidad a tres días. La diputada de la izquierda santafesina señaló que “las modificaciones que se han hecho fueron en base a una profunda ignorancia sobre el tema. Se argumentó sobre puntos de vista estigmatizantes sobre los estatales, y particularmente sobre las trabajadoras estatales, y desde ya desde una visión machista”, afirmo. No obstante consideró importante “que se sancione esta ley y llamar a las cosas por su nombre, y visibilizar el problema”.
Meier acotó que “es una puerta para visibilizar este problema y para que puedan contar lo que les está pasando, es muy difícil para una mujer reconocer que sufre una situación de violencia y es por esto que a pesar de que esta ley está recortada en su articulado original, aceptamos aprobar este texto por todas esas mujeres que hoy están sufriendo violencia, por todas las trabajadoras que murieron víctimas de femicidio”.
Otros alcances
En otros artículos, dispone que la licencia entra en vigencia a partir de la comunicación de la situación de violencia ante las autoridades del área en la que presta servicio la trabajadora, debiendo en el plazo de 48 horas presentar la debida justificación emitida por la Subsecretaría de Políticas de Género, o un centro de salud con competencia específica para la atención y asistencia a las mujeres en situación de violencia.
Se advierte que “teniendo en cuenta las circunstancias del caso en concreto, la autoridad de aplicación debe requerir la previa instancia de acción penal”. También ordena al empleador preservar el derecho a la intimidad de la trabajadora en situación de violencia.
Pero además, el instrumento legal avanza en la necesidad de sistematizar la información para trabajar en el estudio y visualización de la problemática.
Así dispone que el organismo empleador deberá notificar por escrito, en soporte papel o electrónico, a la Subsecretaría de Políticas de Género del Ministerio de Desarrollo Social “toda licencia laboral por violencia de género en un plazo máximo de 24 horas desde su inicio, debiendo constar en la notificación el nombre completo de la trabajadora, su documento nacional de identidad, domicilio, teléfono de contacto y, una copia de la certificación por ella presentada. Esta última puede ser presentada por la trabajadora afectada: en un plazo máximo de 72 horas”.
La Subsecretaría en tanto, deberá disponer medidas de acompañamiento, seguimiento y abordaje integral de la situación de violencia de género de acuerdo a la complejidad del caso y además deberá crear un registro provincial de licencias laborales por violencia de género “con el objeto de proceder a su sistematización y facilitar el estudio y visualización de esta problemática”.