La Municipalidad de Rafaela reglamentó la entrega de aportes económicos destinados al mantenimiento de las sedes vecinales y de la Federación de Entidades Vecinales. La medida implementa el decreto que establece las condiciones de solicitud, reconocimiento de gastos, documentación respaldatoria y la forma de pago para acceder a los fondos aprobados en el Presupuesto 2026.
El beneficio consiste en una partida de hasta 190.000 pesos mensuales por sede. Para acceder, las comisiones deben contar con un espacio físico en funcionamiento o acreditar el uso de un inmueble mediante contrato de alquiler, comodato o convenio. El dinero se otorgará contra presentación de comprobantes de gastos efectivamente realizados y no se admitirán adelantos.
¿Cuál será el destino de los fondos y qué restricciones tiene?
La prioridad del financiamiento, dice el decreto publicado en el Boletín Oficial, será la cobertura de servicios esenciales como energía eléctrica, agua, gas e Internet. Una vez cubiertos estos conceptos, se podrán rendir gastos de limpieza, mantenimiento edilicio, insumos y reparaciones menores. Si el municipio ya afronta el pago de algún servicio de la sede, ese monto se deducirá del límite máximo mensual.
Asimismo, se indica que no podrán acceder al aporte las comisiones vecinales que ya perciban otros beneficios municipales permanentes, como el pago de alquileres o asistencias económicas, que igualen o superen los 190.000 pesos. Además, si el monto rendido en el mes es menor al máximo, el saldo restante no será acumulable ni trasladable.
Paso a paso, así será el proceso de rendición
Para solicitar el dinero, la comisión vecinal debe presentar una nota de solicitud, una planilla de detalle y los comprobantes de gastos (facturas tipo B o C con antigüedad menor a dos meses y condición de venta "Contado" o recibo oficial). La documentación tiene que estar refrendada por el presidente y el tesorero de la entidad.
El trámite se realiza ante la Oficina de Participación Ciudadana y Vecinales hasta el día 15 de cada mes y el pago se efectuará mediante cheque emitido a nombre del presidente o tesorero.
La Secretaría de Gobierno y Modernización es la autoridad de aplicación, mientras que la Secretaría de Hacienda y Finanzas se encargará de las auditorías contables, expresa el documento fechado el 1 de julio pasado.
Dice por último, que la Autoridad de Aplicación podrá implementar mecanismos digitales, formularios electrónicos y sistemas de carga informática para la presentación, registración y control de las solicitudes y documentación respaldatoria previstas en el presente reglamento