En el medio día de este viernes se conoció la decisión de la Jueza Cristina Fortunato en relación a un hecho ocurrido el 4 de septiembre de 2015 en la ciudad de Sunchales.
Jonatan Zalazar llegó a juicio sindicado como el autor de robo calificado por el uso de arma de fuego. El hecho ocurrió el 4 de septiembre de 2015 cuando un repartidor salió de un kiosco y al subir a su camioneta el imputado trabó su puerta y lo amenazó con un arma de fuego. Una vez intimidado se apoderó de su billetera con aproximadamente $2000 y huyó en una moto con un segundo masculino que aún no fue identificado.
Declaración del imputado:
Joanatan zalazar en una de las audiencias utilizó su derecho y prestó declaración diciendo que ese 4 de septiembre se encontraba comiendo un asado en la casa del "negro" Utbrun y que se quedó todo el día ahi.
Durante los alegatos de apertura, el Fiscal adelantaba que solicitaría 6 años de prisión de cumplimiento efectivo y además que el imputado sea declarado reincidente por segunda vez.
Por su parte la defensa expresaba que no iba a discutir el hecho sino que discutiría el autor del mismo ya que su defendido ese día y esa hora se encontraba en la casa de un amigo y presentarían testigos de esto.
Luego de los alegatos de apertura comenzó la declaración de testigos de ambas partes. Por el lado de Fiscalía prestaron testimonio la Oficial que tomó la denuncia a la víctima, el policía que realizó el estudio medioambiental, dos empleados de la Guardia urbana de Sunchales que observaron el hecho y dieron aviso a la policía y por último la víctima.
Por parte de la defensa lo hicieron tres masculinos, uno el dueño de casa donde zalazar habría comido el asado y otro un empleado del propietario de la vivienda. Ambos se encontraban con el imputado el día del hecho y por último un tercero quien fue testigo de todo lo sucedido.
En base a estos testimonios la Jueza, entre sus argumentos cuestionó las declaraciones de testigos presentados por la defensa ya que no pudieron acreditar porque ese día Zalazar se encontraba comiendo en la casa de "el negro" cuando los únicos que se encontraban en el lugar eran albañiles y Zalazar es lavacoches.
Además dejó en claro que los empleados de G.U.S fueron contundentes y seguros en sus relatos, y más allá de algunas diferencias, eso dio cuenta de que no hubo acuerdo entre ambos para decir lo mismo.
También la Jueza en sus argumentos hizo referencia a la relación de amistad entre uno de los testigos y el imputado ya que son amigos y ambos conocen a las familias de cada uno
Otras observaciones planteadas fueron que los dos testigos de la defensa no pudieron recordar quienes estaban comiendo el asado ese 4 de septiembre pero si ambos recordaban con claridad que Zalazar había estado y no se había ausentado en ningún momento de la tarde.
Por último en cuanto al desempeño policial la Jueza solicitó al Ministerio Público de la Acusación que controle más los procedimientos para que no vuelva haber irregularidades pero que en este caso en particular no influenciaron en su decisión.
Luego de la lectura de los argumentos la Jueza Cristina Fortunato condenó a Jonatan Zalazar a 5 años de prisión de cumplimiento efectivos y además declararlo reincidente por segunda vez. Todo esto con la aclaración de que la pena para el delito era de 4 años pero que el imputado contaba con condenas anteriores por lo que se realizó una unificación de penas siendo condenado a 5 años de prisión.