Por Julio Armando. En la mañana de este lunes, en la Oficina de Gestión Judicial ubicada en los Tribunales de Rafaela, se desarrollaron las dos Audiencias de Medida Cautelar contra los acusados de la muerte de Gonzalo Glaría, ocurrida el pasado 31 de diciembre.

En dos procesos separados a pedido de una de las Defensas, el Juez Dr. Osvaldo Carlos luego de escuchar a las partes, dictaminó que ambos imputados continúen el proceso en su contra en estado de libertad, no dando lugar a la solicitud de prisión preventiva de la Fiscalía, representada por la Dra. Ángela Capitanio y la Dra. Gabriela Lema.
No hay dudas sobre el robo
Si bien en esta instancia todo es provisorio, en la sala de audiencias no quedó ninguna duda de que tanto Matías P. (19) como Cristian M. (23) cometieron el robo de los 4000 pesos y de un celular el 31 de diciembre a las 10 de la mañana en el Parque de los Eucaliptus, en perjuicio de un menor de 16 años; algo que incluso fue reconocido por el propio abogado del primero de los imputados mencionados, Dr. Farías Demaldé.

En este sentido, las evidencias recolectadas por la Fiscalía fueron contundentes. El testimonio del menor víctima del robo, como el de otros testigos que describen cómo estaban vestidos los imputados y por cuáles lugares pasaron, más las imágenes de al menos 4 cámaras de seguridad ubicadas en diferentes trayectos que recorrieron los acusados, no dejan dudas de las participación de los mismos en el hecho. Como así tampoco quedaron dudas de que hubo una persecución por parte de Glaría. Es más, en la audiencia se reveló que el joven motociclista no fue el único que persiguió a los ladrones, sino que un automovilista que iba con su novia y que estaba también en los semáforos de Roque Sáenz Peña y Mitre emprendió la persecución, pero se le cruzó un auto adelante que hizo que se retrasara. Y cuando llegó a Triunvirato, donde se produjo el siniestro, Glaría ya había chocado. "Mirá lo que me pasó por querer ayudar", le dijo Gonzalo a la novia del automovilista cuando la vio, momentos antes de perder la vida.
El porqué tenían que quedar presos
La Fiscal Capitanio pidió que la muerte de Gonzalo Glaría se interprete en el contexto en que se dio: en una persecución. Siendo producto de las maniobras evasivas efectuadas por los acusados para lograr impunidad en un hecho delictivo - el robo- que no había concluido, sino que estaba en plena ejecución. Para la Fiscalía la persecución formó parte del delito anterior y por eso la carátula que utilizó para el hecho fue la de "Homicidio en ocasión de robo", siendo el primero el resultado del segundo. A entender de la Fiscalía, no se requiere que el autor haya tenido la intención de matar para acusarlo de homicidio, sino que alcanza con que la muerte se produzca como consecuencia directa del "riesgo creado" por los imputados.
Y todas las acciones evasivas de los mismos constituyeron ese "ambiente de riesgo" para que Gonzalo terminara perdiendo la vida. Incluyendo la agresión verbal y física que sufrió estando en el piso por parte de uno de los acusados luego del choque, el cual no tuvo ninguna compasión por su estado de vulnerabilidad.

La Dra. Ángela Capitanio dio los argumentos por los que consideraba que los imputados debían seguir presos: la pena del delito que se los acusa va de los 10 a 25 años, por lo que al ser alta y de cumplimiento efectivo, podría motivar la fuga de los mismos. Además ninguno de los dos acusados tiene trabajo registrado (en blanco), por lo que no presentan arraigo en la ciudad haciéndoles más fácil fugarse. Por otro lado, ambos se presentaron en la Justicia varios días después de ocurrido el hecho, e incluso Cristian M. se había ido de su casa llevándose ropa. También Capitanio habló de que faltan conseguir más testigos del hecho, los cuales no aparecen por temor a represalias por parte de los imputados. Incluso la Fiscal hizo mención a un testigo no identificado que tendría datos para aportar, pero que por el momento no lo quiere hacer por miedo.
El porqué tenían que quedar libres
Tanto el Dr. Carlos Farías Demaldé (abogado defensor privado de Matías P.) como el Dr. Adrián Roca (abogado público de San Cristóbal de Cristian M.) lo primero que hicieron fue hablarle a la familia de Gonzalo Glaría (estaban presentes sus padres), expresando sus respetos y aclarando que la defensa de una persona es un acto constitucional, no siendo la intención de ellos en la audiencia afectar la memoria de la víctima. "Espero lo sepan entender", expresó Farías Demaldé.
Fue este último justamente el que habló primero y calificó como "acción antijurídica" la imputación de la Fiscalía de "Homicidio en ocasión de robo". Dado que la muerte de Glaría se dio "por circunstancias ajenas a la voluntad" de su defendido. Y acusó a la Fiscal de actuar condicionada por la presión social y por actitudes de tinte político que lo que buscan es tapar un bache de tipo social. También le endilgó a Capitanio, haber acusado a su defendido del delito de homicidio en una conferencia de prensa, previo a la realización de la Audiencia Imputativa que es el lugar jurídico donde se deben formular las imputaciones.

Para la Defensa, el robo y la muerte de Glaría, no forman parte de un mismo hecho. Dado que el robo ya había sido consumado y los autores se encontraban fuera del alcance de las víctimas cuando ocurre la fatalidad. Y agregó que el choque de Gonzalo contra el auto estacionado en calle Triunvirato se dio por una "maniobra riesgosa" de él mismo, que hizo "willy" con el vehículo (lo paró en una rueda) y pateó la moto en que iban los imputados, lo que llevó a que pierda el control y cayera. Causando su muerte "debido a su propio accionar imprudente", argumentó Farías Demaldé. "No existe conexidad entre el robo y la muerte, sino que por acto propio - Glaría- puso fin a su vida", agregó.
La Defensa también indicó que para que haya un homicidio tiene que haber dolo (ser guiado por la voluntad) al momento de matar, algo que en este caso no existe. Por lo tanto, por lo único que podría ser acusado Matías P. (y que también se hace extensivo a su compañero Cristian M.) es por robo (del celular y los 4 mil pesos), que tiene una pena mínima de un mes de cárcel, es decir, es excarcelable (todo delito que tiene una pena mínima a tres años par abajo no es de cumplimiento efectivo).
Otros argumentos que utilizó Farías Demaldé para lograr que su defendido recupere la libertad en esta instancia del proceso, fue que el riesgo de fuga y la falta de arraigo que había dicho la Fiscal no eran tales. Dado que Matías P. tiene trabajo, no registrado pero sí regular; también que al enterarse de que lo estaba buscando la justicia se presentó con su padre; y que no tiene antecedentes condenatorios. Por lo que, consideró que "sería ilegítimo que pierda la libertad".
En la segunda Audiencia de Medida Cautelar, el abogado de Cristian M. también rechazó la imputación de "Homicidio en ocasión de robo". Hablando de que la decisión del Juez debía adaptarse a la Constitución Nacional y al principio que aparece en la misma: "No hay crimen sin acción". "¿Dónde está la conducta de Cristian M. para acusarlo de un homicidio? ¿Dónde está el dolo - la voluntad más el conocimiento- de matar?", se preguntó el Dr. Roca.

Según el letrado, no es constitucional la figura de "riesgo creado" utilizada por Capitanio, pero aún si existiese, la situación de riesgo "creada" por los imputados no fue el choque, sino el robo. Fue la propia víctima- Gonzalo Glaría- la que creó su propio riesgo aceptando el consejo del menor -al que le habían robado- de perseguir a los acusados. Por eso Roca habló de "autopuesta en peligro de la víctima", dando su consentimiento para asumir ese riesgo producto del cual se produjo el desenlace fatal. Por lo que, al no haber intención de matar por parte de su defendido, al no haber creado riesgo, o en caso de haberlo crearlo no tener vinculación con la muerte; es que pidió la libertad de Cristian M.
Asegurando además que el mismo sí tiene arraigo en la ciudad, dado que trabaja para comercios y cuida a sus hermanos menores, por lo que no existe posibilidad de que se fugue mientras dure el proceso. También señaló que el imputado no tiene antecedentes penales.
La voz de los padres
En la audiencia de Cristian M. habló tanto el padre como la madre de Gonzalo Glaría, algo que permite el Código Procesal Penal. Gustavo Glaría se dirigió directamente al juez y le recriminó el hecho de haber dejado en libertad a Matías P. en la audiencia anterior cuando "tenía todas las pruebas" en su contra. "Lo que hizo es tirar por la borda todo el trabajo de investigación. No me siento representado por usted", expresó. En tanto la madre de Gonzalo, que tuvo que salir varias veces de la sala de audiencias por no sentirse bien, dijo que estos días se planteó si valía la pena enseñarle a los hijos a ser solidarios (tal como ella les enseño a los suyos), dado que por ayudar, Gonzalo perdió la vida y ella tiene que atravesar semejante dolor. "Quiero creer en el sistema de justicia, quiero creer que le enseñé bien a mis hijos a no ser indiferentes a los demás. Pongamos las cosas en su lugar; quiero una sociedad justa y humana", señaló casi sin fuerzas.
La voz del Juez
El Dr. Osvaldo Carlos primeramente aclaró que su decisión puede ser revocada o no en instancias superiores. Y que su dictamen no tiene que ver con condenar o declarar inocentes a los acusados, sino que eso se hará en un juicio posterior. Luego de dicha aclaración, el Magistrado finalmente ordenó la libertad inmediata tanto de Matías P. como de Cristian M., con los siguientes condicionamientos para ambos: que se acerquen a firmar dos veces por semana a la Oficina de Gestión Judicial como mecanismo de control de que están a disposición de la justicia, que queden a cargo de un familiar, y que por ningún motivo se acerquen a las víctimas (en este caso del robo) ni a testigos de la causa. Ya sea a testigos que ya están o a los que puedan aparecer en un futuro.
Al conocerse la decisión del Magistrado hubo llanto en la sala. El llanto de la madre de Gonzalo, que en realidad nunca cesó en las cuatro horas de audiencia, y el llanto de la madre de uno de los acusados cuando se conoció que le darían la libertad a su hijo. Cuatro horas intensas de argumentaciones, de disputas jurídicas, de evidencias e interpretaciones.Y un caso, al que todavía le queda mucho por recorrer.
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