Gremiales

No nos doblegaron la justicia ordena pagar a los bancos, a Macri no interferir

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en un fallo conocido a última hora, dispuso hacer lugar a la medida cautelar solicitada, “estableciendo la obligatoriedad de las cláusulas del acuerdo firmado al ámbito empresarial de representación comprendido en el convenio de actividad y ordenar al Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) que no interfiera en el cumplimiento del acuerdo mientras el mismo se encuentre en conocimiento judicial (artículo 109 de la Constitución Nacional)”. Cabe destacar que el ámbito empresarial de representación comprendido en el Convenio de Actividad involucra a todas las cámaras y a todos los bancos, incluido el Banco Central de la República Argentina. El Tribunal hace notar en sus fundamentos puesto que “se estaría por producir el cobro de los salarios de los trabajadores comprendidos por el acuerdo cuyo contenido se encuentra en disputa. En este sentido, la inacción del Poder Judicial importa colocar al país frente a un conflicto de proporciones que, en el marco de sus atribuciones debe evitar pues, en tanto poder constituido debe, como los demás poderes, cumplir la manda del constituyente de afianzar la justicia y consolidar la paz interior”. Cabe destacar que el fallo destaca que la primera parte del acuerdo tuvo principio de ejecución por parte del empleador y que la conflictividad está vinculada a la falta de homologación del Ministerio de Trabajo. Pero esta actividad (la de homologar) debe operar en dos sentidos a) control de representatividad de los firmantes –de lo que no cabe ninguna duda–; b) control de las cláusulas capaces de afectar la libre competencia o la economía en general –extremos imposibles si se tiene en cuenta que se trata de un acuerdo cuyas pautas generales abarcan a una actividad que tiene fabulosas ganancias–. Destaca la Cámara suscribiendo la opinión del destacado jurista francés Lyon Caen “el rol de los jueces o de la administración no puede ser oponerse a los acuerdos con base a una abstracción”, máxime que el acuerdo del 23 de noviembre, quedó progresivamente confirmado por la conducta de todos los bancos que lo han ido cumpliendo, previa ratificación de que lo harían ante el exhorto de la propia autoridad de aplicación, hasta el exabrupto de no pagar el anticipo salarial promovido por los bancos extranjeros, con participación del Ministro de Trabajo, que, antes, supervisó la redacción del mismo. Por cierto oportuno este fallo, pues la Asociación Bancaria, los bancarios, ante la barbaridad de un hato de sinvergüenzas que pretenden voltear un acuerdo libremente suscripto por las partes, debía acudir a las medidas de acción gremial en ejercicio de sus derechos constitucionales. Y lo haríamos, lo haremos, de ser necesario como lo hemos hecho con éste o cualquier Gobierno, como lo hemos demostrado con absoluta coherencia. Los bancos todos deben pagar, el Gobierno no debe interferir. No nos han doblegado, es hora de que empresas y Poder Ejecutivo se atengan a respetar la ley y los acuerdos que firman. Los bancarios seguimos en alerta.

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