La jueza que presidió la audiencia es María Cristina Fortunato, en representación de la Fiscalía acompaña este proceso Guillermo Loyola; mientras que la abogada defensora es Mónica Ronchi.
Los hechos
El fiscal Guillermo Loyola expuso que Alejandro. A. está implicado en tres hechos. La primera situación ocurrió el 5 de abril de 2018, cuando oficiales del Cuerpo Guardia de Infantería se encontraban patrullando y al llegar a la intersección de calles Maggi y Destéfanis observan a un sujeto que se transportaba en moto y al notar la presencia policial intentó ocultar su rostro, aceleró y se dio a la fuga. Así, comenzó una persecución policial, en reiteradas oportunidades los efectivos emitieron la “voz de alto”, pero Alejandro A. no se detenía. Finalmente, el sujeto llegó hasta una vivienda ubicada en calle Bartolo Manera, lugar donde tiró la moto al piso e ingresó a una vivienda. Allí fue aprehendido por los efectivos policiales. Este hecho fue determinado como desobediencia y violación de domicilio.
El segundo hecho está relacionado a este y deviene del proceso de secuestro de la motocicleta donde se transportaba el imputado. El Fiscal expuso que se constató que la misma había sido sustraída tres días antes desde una vivienda. Por lo tanto, el sujeto la habría adquirido teniendo conocimiento del origen delictivo del vehículo, se trata de una motocicleta Honda Wave. Este hecho fue determinado como encubrimiento por receptación
Finalmente, el tercer hecho que además alcanzó conocimiento público debido a la difusión de los videos registrados por las cámaras de seguridad del lugar, se trató del robo en la panadería La Internacional.
El día 28 de julio ingresó a dicha panadería, ubicada en la intersección de las calles Av. Brasil y Av. Italia, acompañado de una joven menor de edad. El Fiscal expuso que, en el lugar, el hombre realizó una compra, solicitando mercadería por la que el trabajador del lugar le informa que el monto a pagar es de $240. Alejandro A. le dice si no puede hacerle un descuento, es decir, cobrarle menos. El trabajador le dice que, entonces, le de $200, pero cuando Alejandro se dispone a pagar, lo hace con $20, por tanto, el hombre le dice que no puede aceptarle ese monto de dinero.
De esta manera, la menor se encontraba en el ingreso del lugar, manteniendo la puerta abierta. Mientras que, Alejandro A. saca un cuchillo y amenaza al trabajador, finalmente no pudo concretar el hecho por la sorpresiva intervención del hombre que atendía la panadería, con el cual forcejearon. El Fiscal Loyola expresó que esto demuestra la distribución de roles entre el imputado y la joven, puesto que ésta era quien abrió la puerta y permitió que puedan retirarse rápidamente del lugar. Guillermo Loyola expuso que este hecho se trata de un robo calificado por el uso de arma blanca y agravado por la intervención de una menor de edad.
De esta forma, el Fiscal de turno solicitó la prisión preventiva para Alejandro A.
La defensa
Por su parte, Mónica Ronchi se mostró en desacuerdo con las expresiones del fiscal, particularmente sobre el primer y segundo hecho, expresó que no se ajustan a la posibilidad de solicitar una cautelar tan elevada. Refirió que el hecho al que se debe poner mayor atención es a la tercera situación donde se encuentra imputado su defendido.
En este marco, indicó que Alejandro A. no representa un peligro de fuga y justificó utilizando otro fallo judicial como antecedente, donde se pactó que no basta sólo con la intervención de un menor para determinar que esto agrave la conducta, sino que debe evidenciarse un “aprovechamiento” de la persona mayor de edad en relación a la otra. Además, Mónica Ronchi expuso que no hay ninguna documentación legal por el momento, que certifique la edad de la joven.
Así, en su defensa Mónica Ronchi explicó que Alejandro A. se encuentra terminando la escuela primaria y que desde la institución se comprometieron a guardar el banco para que pueda seguir cursando allí sus estudios. Además, Alejandro A. se desempeña como lavacoches y la abogada defensora comentó sobre entrevistas realizadas con personas del equipo territorial del municipio donde expresaron que él intentó ingresar en el Registro de lavacoches que realizó el municipio, pero no lo logró por el cupo limitado de 35 personas que tuvieron la oportunidad de concretar su inscripción allí. Así, Ronchi dijo que su defendido sí tiene arraigo en la ciudad y que demuestra que está intentando interiorizarse, a su vez su familia está presente en su vida y también participó de la audiencia.
Mónica Ronchi solicitó medidas alternativas, que se traducirían en: que Alejandro A. viva en el domicilio y bajo el cuidado de su madre, que sostenga el compromiso de terminar la escuela y que pueda continuar trabajando como lavacoches e intentando gestionar su ingreso en el registro de la municipalidad de este trabajo; asimismo, debería presentarse a acreditar su buena conducta a las autoridades correspondientes. A su vez, en este marco se prohibiría el contacto con dicha panadería y con el trabajador que fue víctima de lo sucedido.
El Fiscal Guillermo Loyola agregó que, desde su entender, la menor participó de manera activa en el hecho y dijo que además de ser menor, es no punible. Refirió que no le pareció adecuado a este hecho la comparación con el fallo citado por la abogada defensora.
Finalmente, la Jueza María Cristina Fortunato, determinó la prisión preventiva con un plazo de 60 días para Alejandro A., con permiso para ir a la escuela.