Jonatan Andrés Lerda fue condenado a cinco años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo luego de que la jueza Laura Lencina homologara un procedimiento abreviado acordado entre el fiscal Guillermo Loyola y el abogado defensor Federico Scarinci.
Durante la audiencia de la que participó Rafaela Noticias, el imputado, actualmente alojado en la Unidad Penitenciaria de Coronda y con último domicilio en Villa Josefina, prestó su consentimiento al acuerdo, renunciando a la realización del juicio oral y aceptando los términos de la acusación y de la pena propuesta por las partes.
El fiscal explicó que la investigación había comprendido inicialmente tres hechos, aunque uno de ellos fue archivado, por lo que el acuerdo quedó circunscripto a los dos restantes.
El primero ocurrió el 11 de julio de 2024, alrededor de las 20:50, cuando Lerda y otras personas ingresaron a un establecimiento rural de Vila y sustrajeron cuatro terneros de aproximadamente 25 kilos cada uno. La maniobra fue advertida por empleados del lugar y, durante la huida, los acusados efectuaron disparos con un arma de fuego para facilitar la fuga.
El segundo episodio se remonta al 6 de agosto del mismo año. Según la investigación, Lerda circulaba en motocicleta cuando advirtió la presencia policial en el marco de un procedimiento destinado a detenerlo. En ese momento se arrojó del rodado para escapar a pie, desobedeciendo las órdenes de los efectivos. Durante la persecución exhibía un elemento que aparentaba ser un arma de fuego, continuó la fuga atravesando un corral de cerdos y finalmente fue alcanzado en un terreno baldío, donde fue reducido y detenido tras oponer resistencia.
Los hechos fueron calificados como abigeato calificado por el uso de arma de fuego y por los delitos de desobediencia y resistencia a la autoridad.
Al momento de fijar la pena, se valoró el perjuicio ocasionado y los antecedentes penales del condenado, entre ellos una condena por tenencia simple de estupefacientes dictada por la Justicia de San Francisco, circunstancias que fueron consideradas agravantes para la unificación de la condena.
Tras verificar que Lerda comprendía el alcance del acuerdo y que había prestado su consentimiento de manera libre y voluntaria, la jueza Laura Lencina resolvió homologar el procedimiento abreviado y aplicar la pena de cinco años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, dando por finalizado el proceso.