El juez que presidió la audiencia fue Alejandro Monagschi; el representante de la fiscalía fue Gustavo Bumaguin, mientras que el abogado defensor fue Federico Scarinci.
Durante la audiencia imputativa que tuvo lugar el lunes por la mañana, el fiscal Bumaguin expuso los hechos en los que Lucas B. está implicado:
En relación al primer hecho, que ocurrió el 7 de julio de 2018, cuando, alrededor de las 19:40 hs quien actualmente es su ex pareja se encontraba en su casa y Lucas B. aprovechó un momento para revisar el celular de la mujer, cuando ésta le pide que se lo entregue, el hombre le propina un golpe de puño en su rostro.
La segunda situación ocurrió el 6 de enero de 2019, cuando la misma mujer se encontraba en su domicilio y se presentó Lucas B., quien ingresó a la vivienda sin autorización expresa de sus moradores, donde tomó del pelo a la mujer y ésta cayó al piso. El hombre observó el celular de la mujer, lo tomó y comenzaron a forcejear por ello y el hombre la arrastró desde el dormitorio a la cocina y luego se retiró, apoderándose del celular. El cual retuvo y luego devolvió a través de la hermana de la víctima. A raíz de esto, la víctima sufrió lesiones.
El tercer hecho ocurrió el 5 de febrero de 2019, fecha en que Lucas B. le envía mensajes de texto a la víctima, que generaron temor en ella. El cuarto hecho, ocurrió el 3 de mayo del corriente año, cuando Lucas B. se presentó nuevamente en el domicilio de su ex pareja, violando la medida de prohibición de acercamiento.
La quinta situación sucedió el 8 de mayo de este año, cuando Lucas B. llamó por teléfono a su ex pareja, diciendo que se fije si no le faltaba nada en su casa, expresándole que la iba a encontrar y la iba a matar.
Todos los hechos fueron determinados fueron determinados como violencia de género y se reconoció al sujeto como autor de los mismos. En cuanto al primero, aportaron que se trató de lesiones leves dolosas, agravada por el vínculo; el segundo hecho se trató de una violación de domicilio y lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo y robo simple; la tercera situación se definió como amenaza simple; el cuarto hecho se especificó como desobediencia en calidad de autor; y finalmente la última situación en la cual está implicado Lucas B., fue determinada como amenaza simple.
En la audiencia de procedimiento abreviado, el Juez explicó que el sujeto estaba implicado por un hecho anterior, ocurrido el 25 de junio de 2014 caratulado como tenencia indebida de arma de fuego, situación en que efectivos policiales se presentaron en la propiedad de Lucas B., donde, previo a realizar una requisa, el hombre les entregó un arma tipo “tumbera”.
Por tal motivo, las partes llegaron a un acuerdo para unificar las condenas tras los hechos en los que está implicado Lucas B.
De esta forma, el juez determinó la condena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional por su autoría en los hechos descriptos. A esto, se suma el requisito de cumplimiento de normas de conducta: el sujeto debe fijar un domicilio y además deberá estar a cargo de una persona responsable; deberá abstenerse de utilizar estupefacientes y del abuso de alcohol. Asimismo, tendrá prohibido el acercamiento a los domicilios en donde pudiera encontrarse la víctima, con una restricción de 200 metros; cuenta con prohibición de acercamiento y hostigamiento.