Un proyecto de ley denominado “Régimen Legal de la Electromovilidad”, presentado en el Congreso de la Nación por legisladores del bloque PRO, apunta a generar la transformación más profunda de las últimas décadas para el sector de los combustibles en Argentina. La iniciativa establece la obligatoriedad de incorporar infraestructura de recarga rápida en las playas de expendio de combustibles líquidos y GNC, integrando formalmente a los operadores como piezas centrales de la movilidad sustentable.
El esquema normativo fija exigencias escalonadas según el volumen de ventas de cada establecimiento. De acuerdo con el artículo 7 del texto, todas las estaciones de servicio que despachen más de 500 metros cúbicos mensuales deberán instalar, en un plazo máximo de 18 meses tras la promulgación, al menos un punto de carga rápida en corriente continua con una potencia mínima de 50 kW. Por su parte, aquellas bocas de expendio que superen los 1.500 metros cúbicos mensuales estarán obligadas a incorporar dos cargadores rápidos de al menos 150 kW cada uno.
Desbloquear el mercado y redefinir el negocio
Los fundamentos de la propuesta parlamentaria buscan romper un círculo vicioso del mercado automotor local: la falta de vehículos eléctricos desalienta la inversión privada en infraestructura y, a su vez, la escasez de cargadores públicos genera desconfianza en los compradores potenciales. Ante este escenario, el proyecto propone un despliegue anticipado de los puntos de abastecimiento utilizando la capilaridad territorial, la disponibilidad operativa y la ubicación estratégica de la red de estaciones de servicio existente.
Una de las modificaciones más disruptivas desde el punto de vista comercial es la creación de la figura jurídica del “Servicio de Carga de Vehículos Eléctricos” como una actividad independiente de la distribución eléctrica tradicional. Esto habilitará legalmente a las estaciones de servicio a comercializar la energía para recargas bajo diversas modalidades (cobro por kilovatio consumido, tiempo de conexión, sesiones fijas o abonos prepagos) sin la necesidad de tramitar complejas concesiones eléctricas especiales.
Incentivos fiscales y facilidades burocráticas
Para amortiguar el impacto económico de las inversiones y acelerar la reconversión tecnológica, el proyecto —que lleva las firmas de diputados como Cristian Ritondo, María Florencia De Sensi y Alejandro Finocchiaro, entre otros— incorpora un robusto paquete de beneficios financieros. Entre ellos se destaca la exención del IVA durante cinco años tanto para la compra e instalación de los cargadores homologados como para la prestación del propio servicio de recarga. Asimismo, prevé la reducción del impuesto a los Ingresos Brutos, regímenes de amortización acelerada y facilidades aduaneras para importar los equipos que utilicen el conector de referencia internacional CCS2.
Finalmente, el marco legal introduce una fuerte simplificación administrativa orientada a eliminar los plazos burocráticos de los municipios y organismos locales al momento de autorizar instalaciones superiores a los 22 kW. El texto consagra la figura del “silencio administrativo positivo”, lo que significa que si el Estado no emite una respuesta formal dentro del plazo estipulado, la habilitación de la infraestructura de carga quedará automáticamente aprobada y concedida para el operador.
Fuente: Surtidores.com