El miércoles 11 de junio se llevó a cabo una audiencia, en la que la defensa apeló de la decisión tomada por el Dr. Fiz, en la cual estableció la prisión preventiva para los acusados del hecho. En primera instancia, fue el Juez Osvaldo Carlos, quien dio lugar a lo solicitado por la defensa y estableció medidas alternativas para Perea y Milesi, argumentando, entre otras cosas, que la muerte de Gonzalo no fue producto de las maniobras por parte de los acusados, y que el hecho del robo ya había finalizado al momento de la muerte de Glaria.
Desde Fiscalía apelaron dicha decisión, y en segunda instancia, fue el Juez, Dr. Fiz, quien en este caso, dio lugar a la solicitud del Ministerio Público de la acusación, estableciendo la prisión preventiva para Perea y Milesi, entre otras argumentaciones, manifestando que el desenlace fatal fue consecuencia del robo y que cualquier ciudadano común hubiese hecho lo mismo que Gonzalo.
Dadas estas dos situaciones, este miércoles se llevó a cabo una audiencia, denominada apelación horizontal, es decir, la decisión nuevamente discutida en Segunda pero presidida por otro Juez, el Dr. Matías Drivet.
DEFENSA:
La Dra. Amalia Cassina, defensora de Cristian Milesi, manifestó que en el fallo de segunda instancia el Juez hace una interpretación errónea de lo resuelto en primera instancia por el Juez Osvaldo Carlos. Que desde el primer momento plantearon que no hay una acción imputable a los jóvenes, que se le pueda atribuir el resultado de la muerte del Sr Glaria.
Para la defensa, el delito es el de robo, no el de homicidio, porque el riesgo creado en relación al robo no tenía ninguna posibilidad, en función de cómo fue descripto por Fiscalía, de terminar ocasionando el resultado muerte. No hay creación de riesgo de homicidio, si de robo. El resultado fue de la auto puesta de la víctima en peligro, explicó Cassina.
Además, la Dra. Cassina dijo que en un primer momento el Juez decidió las medidas alternativas, porque entendió que Fiscalía caía en una contradicción y una omisión, la contradicción estuvo dada porque la Fiscalía, prolongó el momento del robo hasta el desenlace fatal, cuando del propio relato y evidencia surge que el robo ya se había consumado, entonces al analizar entiende que hay elementos para imputar un robo. Además, continúa, se puede observar como Glaria les intenta pegar una patada para hacerlos caer de la moto, y es ahí cuando pierde el equilibrio, cae, se golpea y producto de esto muere. Esto dice la resolución de primera instancia. Los acusados no pusieron mano sobre Glaria hasta que este se encontraba en el piso, por eso no se observa con nitidez, cual habría sido el ingrediente aportado por lo mismos para la producción del resultado. Los acusados no intervienen en el resultado muerte de Glaria, dijo la defensora.
Carlos Demaldé, defensor de Perea, manifestó que el Juez Fiz habla de maniobras evasivas, pero no hace referencia a cuáles son, como así tampoco en la descripción del hecho de la Fiscalía. No hay posibilidad que se responda sobre lo que se desconoce, los acusados gozan de la presunción de inocencia. En ningún momento especifican cuales son las maniobras evasivas, lo que complica la posibilidad de defensa, argumentó el defensor. Además agregó que ambos circulaban en la motocicleta a una velocidad permitida, por su carril derecho, y no desarrollaron ningún tipo de maniobra que pueda poner en peligro la vida de terceros. Sumado a esto, según su relato, en los videos se puede ver que Glaria es quien arroja una patada a la moto de los acusados lo que le provocó la pérdida de control, impactando contra el vehículo estacionado. Por último recordó que Glaria circulaba en una motocicleta no habilitada para hacerlo en el ejido urbano, es una motocicleta de competición, no puede ser inscripta, no hay licencia que lo habilite a conducir en la ciudad, no posee faros y no se puede asegurar. "Es la acción de Glaria la causa determinante de su muerte, y no puede dejarse de lado", cerró Demaldé.
FISCALÍA:
Por su parte, el Fiscal Guillermo Loyola, abonó la teoría y decisión del Juez Fiz, argumentando, entre otras cosas, que no es razonable que Gonzalo les pida amablemente que detengan su marcha y que fue una persona que se interesó por la situación costandole la vida misma.
El Dr. Loyola manifestó que la acusación debe basarse en el delito de homicidio en ocasión de robo, dando cuenta para esto de que el robo aún no estaba consumado ya que los acusados fueron perseguidos por Gonzalo, en defensa de los menores que habían sido víctimas del robo. “Los autores crearon el peligro de muerte huyendo precipitadamente en la motocicleta, lo que formaba parte del plan de acción, asumiendo como una eventualidad la muerte”, motivo por el cual Fiscalía en toda la alocución habló de un hecho en el que hubo dolo eventual.
Continuando con su argumentación el Fiscal explicó que la resolución de primera instancia separa infundada y caprichosamente el momento del robo del de la muerte y que cuenta con afirmaciones dogmáticas que se alejan de la realidad de los hechos
Para el fiscal el fallo intenta justificar una supuesta contradicción de Fiscalía, esto ya que desde la acusación prolongaron el momento del robo hasta la muerte de Gonzalo. Mientras que el Juez manifiesta que el acusado que logró huir primero contó con total disponibilidad del botín, lo que genera que el robo ya haya estado consumado, y la huida con resultado muerte, sea una acción separada. por eso, el Fiscal manifestó que fue un único hecho, complejo, pero único, debido a que ambas situaciones (robo-muerte), se conectan en tiempo y espacio. Para la Fiscalía el robo estaba en plena ejecución, es por ello que quien huye primero espera al segundo de los acusados y la intervención de Glaría comenzó a los pocos metros del lugar del hecho, cuyo objetivo fue en todo momento evitar la consumación del ilícito.
Según la tesis del Fiscal, los imputados advirtieron la persecución de Gonzalo, intentaron evadirlo con maniobras peligrosas y fue ahí que se produjo la caída y el resultado fatal.
Conociendo cada una de los argumentos, el Juez Drivet deberá decidir en el período establecido por la ley, si los acusados recuperan la libertad o continúan cumpliendo con prisión preventiva.
Finalmente, este jueves se conoció la resolución del Juez, quien dio lugar a lo solicitado por Fiscalía, y decretó la continuidad de la prisión preventiva para Perea y Milessi. El mismo, entre sus argumentos expresó que la acción
desplegada por Perea y Milessi, se inicia
con el diseño del ardid y que no finaliza hasta que se concreta su huida, en tanto puede considerarse, como
una obra suya el obrar conjunto y coordinado de las acciones con un final fatal. Ademas, en el Fallo, el Juez Drivet, menciona que con su accionar, Perea y Milessi, cometieron el desapoderamiento y emprendieron la huida creando un peligro asumido por los autores, y que permiten descartar
situaciones que excluyan la posibilidad de esa imputación.
En otro párrafo, del fallo, el magistrado explica que no se trató de una
invitación a una acción riesgosa, sino una persecución, iniciada a pedido del menor. Es decir, en la dinámica propia de la acción, entre el principio
de la huida de los imputados y el involucramiento de Glaría, no pasaron más que
segundos. Además, destaca que así como nadie tiene la obligación de
cooperar con su propio castigo, como afirma la defensa, si el accidente se
produce en un forcejeo para provocar su detención (y recuperar elementos
robados) y no por obra de la causalidad, cabe admitir que se abre al menos una
posibilidad de evaluar la contribución del riesgo creado, sostenido y realizado
en el resultado concreto.
Por último, y dando lugar a la versión de Fiscalía, el Jez Drivet, habla de un plan de acción desarrollado
por Perea y Milessi, el cual incluyó el engaño realizado a los menores víctimas para
apoderarse de un dinero y un teléfono celular, hecho que no está en discusión
sino que incluso, explícitamente, ha sido aceptado por las defensas. Esos actos
que inician la continuidad delictiva, lógicamente, no pueden desconectarse de
las ulterioridades del hecho; refiere con ello a que analizando lo
estrictamente sucedido y no controvertido, Perea esperó a Milessi en las
cercanías de donde se concretó el desapoderamiento, para emprender juntos la
huida, subidos a un rodado.
Por todo esto, el Dr. Drivet falló dando lugar a lo solicitado por el Ministerio Público de la Acusación, motivo por el cual Perea y Milesi continuarán cumpliendo prisión preventiva.
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