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Locales

Beneficios para quienes deban realizar el trámite de su licencia por robo

Este martes en reunión de comisión el Concejo dio despacho a la Ordenanza presentada por el Ejecutivo en la que se disminuyen los costos de duplicados de licencias de conducir a aquellas personas que hayan sido víctimas de robo y/o hurto. 

“Considerando que la incidencia de los hurtos y/o robos acaecidos en la ciudad de Rafaela, especialmente los cometidos con la modalidad arrebatos, superan a los de cualquier otro hecho delictivo, es necesario plantear, ante la difícil situación económica y se inseguridad que atraviesa el país, el poder abaratar costos para la gestión del duplicado por hurto y/o robo y cambio de datos de la licencia de conducir”, así comienza la Ordenanza presentada por el Ejecutivo al Concejo Municipal. 

Además, dentro de los considerandos expresan que en caso de robo/hurto de cualquiera de la licencia nacional de conducir, durante el periodo de vigencia, al momento gestionar el duplicado por esa causal y para cambios de datos de la misma, se podría eximir al solicitante del pago de las tasas municipales por actuaciones administrativas y otras prestaciones establecidas en la Ordenanza Tributaria Municipal y que estén vinculadas a la obtención de ese trámite.

 

También dentro del documento hacen referencia a las condiciones necesarias para poder acceder a este beneficio: 

 

Es condición Sinequanon para la obtención del duplicado por hurto/robo y cambios de datos de la licencia de conducir, iniciar el trámite con la boleta de pago del certificado nacional de antecedentes de tránsito (CENAT) con el estado de infracciones en el sistema de juzgamiento y administración de infracciones , en ambos casos, el informe de las sanciones no debe poseer sentencias firmes, también se requiere el pago de las estampillas del colegios de Médicos de la provincia de Santa Fe.

Articulo 1: Exímase a los solicitantes del duplicado por robo/hurto y cambio de datos de la Licencia Nacional de Conducir durante el periodo de su vigencia, la obligación del pago de las tasas por actuaciones administrativas u otras prestaciones establecidas en la Ordenanza Tributaria y/o los equivalentes que se incorporen en la misma en un futuro, vinculadas a la obtención del trámite. 

 

Articulo 2: Disponerse que a los fines de obtener la exención mencionada en el artículo 1, el solicitante deberá presentar constancia de denuncia policial por el hurto (original), donde conste apellido, nombres, numero de documento, domicilio, y la clase de licencia extendida por la Seccional de Policía según el domicilio que conste en el DNI. 

Fotocopia DNI, boleta de pago del certificado nacional de antecedentes de transito con el estado de infracciones en el sistema de juzgamiento y administración de infracciones 

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