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El Gobierno reglamentó el voto por correo postal para argentinos en el exterior

El Poder Ejecutivo oficializó una nueva reglamentación que amplía las opciones de sufragio para ciudadanos argentinos que residen fuera del país, permitiendo que puedan emitir su voto a través del correo postal.
Redacción Rafaela Noticias

Por Redacción Rafaela Noticias

El Poder Ejecutivo oficializó una nueva reglamentación que amplía las opciones de sufragio para ciudadanos argentinos que residen fuera del país, permitiendo que puedan emitir su voto a través del correo postal. La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 239/2025, busca facilitar la participación electoral de quienes se encuentran en el extranjero y reemplaza la normativa previa establecida en el Decreto 1138/93.

Según lo indicado en el documento oficial, esta modificación responde a la necesidad de garantizar el derecho al voto de manera eficaz, ya que la opción presencial en las sedes consulares resultaba muchas veces inaccesible debido a la distancia entre los domicilios de los electores y las representaciones diplomáticas. En este sentido, la nueva reglamentación mantiene el principio de que la ciudadanía argentina no se pierde por el hecho de residir fuera del territorio nacional.

Requisitos y control del padrón electoral

Para poder ejercer el derecho a voto desde el exterior, los ciudadanos argentinos deberán contar con el cambio de domicilio registrado en su Documento Nacional de Identidad (DNI). Además, la inclusión en el Registro de Electores Residentes en el Exterior o en el Registro Especial del Servicio Exterior de la Nación será requisito indispensable para participar en los comicios.

La Cámara Nacional Electoral será el organismo encargado de la fiscalización y actualización del padrón, pudiendo solicitar información complementaria a las embajadas y consulados para verificar la inscripción de nuevos electores o dar de baja a aquellos que hayan fallecido.

El proceso del voto por correo

El anexo del decreto detalla el procedimiento para aquellos ciudadanos que opten por votar mediante correo postal. Los interesados deberán inscribirse en un registro digital habilitado por la Cámara Nacional Electoral dentro de un plazo específico: entre 150 y 120 días antes de la elección. Al hacerlo, serán dados de baja automáticamente del padrón de votación presencial en consulados.

Una vez confirmada la inscripción, los electores recibirán en su domicilio, al menos 20 días antes de la elección, un sobre con la boleta única de papel oficial, un sobre de resguardo del voto para garantizar la confidencialidad, un instructivo y un formulario de Declaración Jurada de Identidad, que deberá ser completado de puño y letra.

Para emitir su voto, los ciudadanos podrán remitir el sobre de envío a la sede electoral a través del servicio de correo indicado en el instructivo o, si lo prefieren, depositarlo personalmente en los buzones habilitados en las embajadas y consulados correspondientes. El plazo límite para el envío será el último día hábil previo a la jornada electoral.

Con esta nueva normativa, el Gobierno busca fortalecer la participación democrática de los argentinos en el exterior, asegurando que puedan ejercer su derecho al voto con mayor accesibilidad y garantizando la transparencia del proceso electoral.

 

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